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¿Cómo se contabiliza un ticket de gasto?

Actualizado: 21 jul 2022

Con la entrada en vigor del reglamento de facturación, el Real Decreto 1619/2012, la palabra ticket ha dejado de utilizarse para dar paso al uso del concepto factura simplificada. No obstante, el concepto ticket sigue usándose de forma coloquial. ¡Pero hay algo que debes tener en cuenta! Los tickets de compras o gastos, por lo general, NO son deducibles en base a la legislación actual. Sigue leyendo para descubrir qué formas hay de deducir los tickets:


¿Qué es un ticket de gasto?

Los tickets de gasto se refieren a los gastos en los que un autónomo incurre como consecuencia del desarrollo de su actividad económica o profesional. De esta forma, los trabajadores autónomos podrán tener diferentes gastos que estén relacionados con su actividad económica como una comida con clientes, la realización de un viaje de negocios, la estancia en un hotel o la asistencia a un congreso, entre otros, pero si realmente necesitas deducir el IVA de tus tickets o facturas simplificadas debes tener los siguientes pasos en cuenta:


Cómo deducirse los tickets de gasto: pasos a seguir


Como hemos dicho anteriormente un ticket de gasto normal, sin tus datos fiscales, no son aptos para poder deducirse el IVA. Es decir, el ticket o factura simplificada debe contener tu nombre, apellidos, DNI o NIE, domicilio de tu actividad económica y los datos fiscales de quien emite el ticket.


Además, para poder llevar a cabo esta deducción de forma correcta es importante seguir una serie de pasos y cumplir algunos requisitos. Son los siguientes:

  • Ticket con los datos fiscales del emisor y el receptor: los tickets deben contener los datos fiscales del emisor y del receptor, es decir, el nombre, apellidos, DNI/NIE/CIF y domicilio de la actividad tanto de quien emite el ticket como de quien lo recibe.

  • Tributación en estimación directa: de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para poder deducirse los gastos, es preciso que el autónomo tribute como tal en estimación directa.

  • Gastos relacionados: para poder practicar esta deducción, es imprescindible que los gastos estén relacionados con la actividad económica o profesional que el autónomo lleva a cabo. Por ejemplo, el autónomo se podrá deducir el alquiler del local en el que se sitúa el negocio o la compra del ordenador que utiliza para trabajar. No obstante, esto plantea algunos supuestos problemáticos cuando el autónomo utiliza ciertos bienes para desarrollar su actividad profesional y en su vida personal (como por ejemplo la compra de un vehículo) o cuando desarrolla su negocio en su propia casa.

  • Acreditación de los gastos: para poder llevar a cabo esta deducción es imprescindible acreditar que se han realizado estos gastos. De esta forma, es fundamental solicitar las facturas correspondientes, con tus datos reflejados en la factura.

  • Tickets de gastos válidos: no todos los tickets de gastos son válidos. Recuerda que solo se consideran tickets válidos los que están relacionados con tu actividad y aparecen los datos de comprador y vendedor.

  • Pago electrónico: los autónomos deberán llevar a cabo el pago de forma electrónica. Esto quiere decir que deberán pagar con una tarjeta para que quede registrada la transacción y tengas el comprobante de la operación. Desde Regalón Abogados Asesores NO recomendamos hacerlo con dinero en efectivo.

¿Cómo se contabiliza un ticket de gasto en un negocio?

Como hemos indicado, no se puede contabilizar un ticket de gasto que no cumpla los requisitos anteriores. De esta manera, podríamos decir que “estás perdiendo dinero” por que no se pueden deducir esos gastos y además podrías tener problemas con Hacienda. Así que lo mejor para evitar problemas es solicitar la factura.


Desde nuestra asesoría y gestoría en Sant Andreu, Barcelona, te podemos ayudar y aconsejar para que no pierdas dinero y te puedas deducir todos los gastos relacionados con tu negocio, evitando problemas y sanciones de Hacienda. Consúltanos sin compromiso en el teléfono 932742637 o mándanos un e-mail a info@regalonabogados.com




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